El parlamento europeo ha aprobado este pasado jueves en sesión plenaria las nuevas normas de acceso a contenidos online para los ciudadanos europeos cuando se desplacen dentro de los países de la Unión.
De esta manera, aquellas personas que estén suscritas a servicios como Netflix, Amazon, HBO o Spotify, podrán acceder incluso estando fuera de su lugar de residencia y del país desde donde se contrató el abono, cuando estén, por ejemplo, de vacaciones o de viaje de negocios.
La normativa salió adelante con 586 votos a favor, 34 en contra y 8 abstenciones. El proyecto de ley debe ahora ser adoptado formalmente por el Consejo de Ministros de la UE. Los Estados miembros tendrán entonces nueve meses desde la entrada en vigor del reglamento para comenzar a aplicarlo. Es decir, a comienzos de 2018 ya sería una realidad.
La medida va en la línea del Mercado Único Digital (Digital Single Market), estrategia en la que la Unión Europea está trabajando para eliminar barreras entre los Estados miembro en materia de telecomunicaciones y derechos de autor. La supresión de las tarifas de roaming para servicios telefónicos (en vigor a partir del 15 de junio de 2017) ha sido uno de los éxitos recientes de la UE y según Andrus Ansip, vicepresidente para Mercado Único Digital, la medida en torno al acceso de los contenidos audiovisuales online es un paso importante y debería impulsar siguientes decisiones en torno a los derechos de autor.
Sin embargo, los productores y distribuidores de cine y televisión no están a favor de la eliminación de la territorialidad, dado que el modelo de distribución se basa en la venta de derechos de películas, series y documentales país a país. Hace ahora un año los productores europeos integrados en FIAPF (FAPAE incluida), presentaron en su Asamblea General un Informe sobre las consecuencias del Mercado Único Digital planteado por la Comisión Europea en 2015. Y hace dos eran las agencias europeas de cine las que publicaban unas extensas conclusionessobre las consecuencias de la estrategia.
Los proveedores de contenidos online podrán adoptar medidas “proporcionadas y razonables” para comprobar que el abonado no vive de manera permanente en otro Estado miembro, dado que las exigencias respecto a los derechos de autor pueden variar de un país a otro.
Los posibles métodos para verificar la residencia incluyen la comprobación de documentos de identidad, cuentas bancarias o tarjetas de crédito, una declaración de impuestos, la dirección postal o la dirección IP desde la que el suscriptor accede al servicio.
Los operadores deberán asegurarse de que cualquier tratamiento de los datos personales cumple las normas, especialmente para la comprobación de las direcciones IP.
Las reglas se aplicarán sólo al contenido online sujeto al pago de una tarifa pero los proveedores de servicios gratuitos tendrán también la posibilidad de ofrecer la portabilidad de su contenido en toda la UE, siempre que cumplan los requisitos de comprobación de residencia.